Legisladores analizan proyecto que regula la fecundación in vitro y la inseminación artificial en Ecuador.
QUITO.- El Pleno de la Asamblea Nacional inició este miércoles el debate del proyecto de Ley de Técnicas y Procedimientos de Reproducción Humana Asistida, una iniciativa que busca establecer un marco...
QUITO.- El Pleno de la Asamblea Nacional inició este miércoles el debate del proyecto de Ley de Técnicas y Procedimientos de Reproducción Humana Asistida, una iniciativa que busca establecer un marco legal para la aplicación de estos tratamientos médicos y proteger los derechos de quienes nacen mediante estas técnicas.
La propuesta fue elaborada por la Comisión de Salud tras unificar tres proyectos de ley y responde a una sentencia de la Corte Constitucional, que ordenó al Legislativo expedir una normativa sobre esta materia luego del denominado caso Satya, relacionado con el reconocimiento de la filiación de una menor nacida mediante reproducción asistida.
El proyecto consta de 78 artículos y regula procedimientos como la fecundación in vitro, la inseminación artificial y la crioconservación de gametos y embriones. Además, establece requisitos para quienes deseen ser donantes de óvulos o espermatozoides, así como normas para el funcionamiento y supervisión de los bancos de gametos y de los centros médicos autorizados para realizar estos tratamientos.
La normativa también reconoce derechos para las personas nacidas mediante técnicas de reproducción asistida, entre ellos el derecho a la identidad, a la inscripción inmediata en el Registro Civil, a la nacionalidad y a no ser discriminadas por el método de concepción ni por la conformación de su familia. Asimismo, establece que la filiación se determinará conforme al principio de la voluntad procreacional, es decir, la decisión expresa de una persona o pareja de tener un hijo mediante estos procedimientos.
Otro de los puntos contempla que los donantes de gametos no adquirirán derechos ni obligaciones de filiación sobre los niños concebidos con su material genético. Además, la propuesta prohíbe la comercialización de gametos y embriones y dispone que toda donación sea voluntaria, gratuita y confidencial.
Durante el debate legislativo también se aclaró que los tratamientos de reproducción asistida no serán financiados por el sistema público de salud, debido a que actualmente el Estado no cuenta con los recursos técnicos, humanos y económicos necesarios para asumir este tipo de procedimientos.
QUITO.- El Pleno de la Asamblea Nacional inició este miércoles el debate del proyecto de Ley de Técnicas y Procedimientos de Reproducción Humana Asistida, una iniciativa que busca establecer un marco legal para la aplicación de estos tratamientos médicos y proteger los derechos de quienes nacen mediante estas técnicas.
La propuesta fue elaborada por la Comisión de Salud tras unificar tres proyectos de ley y responde a una sentencia de la Corte Constitucional, que ordenó al Legislativo expedir una normativa sobre esta materia luego del denominado caso Satya, relacionado con el reconocimiento de la filiación de una menor nacida mediante reproducción asistida.
El proyecto consta de 78 artículos y regula procedimientos como la fecundación in vitro, la inseminación artificial y la crioconservación de gametos y embriones. Además, establece requisitos para quienes deseen ser donantes de óvulos o espermatozoides, así como normas para el funcionamiento y supervisión de los bancos de gametos y de los centros médicos autorizados para realizar estos tratamientos.
La normativa también reconoce derechos para las personas nacidas mediante técnicas de reproducción asistida, entre ellos el derecho a la identidad, a la inscripción inmediata en el Registro Civil, a la nacionalidad y a no ser discriminadas por el método de concepción ni por la conformación de su familia. Asimismo, establece que la filiación se determinará conforme al principio de la voluntad procreacional, es decir, la decisión expresa de una persona o pareja de tener un hijo mediante estos procedimientos.
Otro de los puntos contempla que los donantes de gametos no adquirirán derechos ni obligaciones de filiación sobre los niños concebidos con su material genético. Además, la propuesta prohíbe la comercialización de gametos y embriones y dispone que toda donación sea voluntaria, gratuita y confidencial.
Durante el debate legislativo también se aclaró que los tratamientos de reproducción asistida no serán financiados por el sistema público de salud, debido a que actualmente el Estado no cuenta con los recursos técnicos, humanos y económicos necesarios para asumir este tipo de procedimientos.
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